Asociación De Discapacitados Nicaragüenses Por Nuestra Integración
La Asociación de Discapacitados Nicaragüenses por Nuestra Integridad, (ADNNI). Es una asociación de carácter civil, no lucrativa, apolítica, de duración indefinida y regida bajo los estatutos disciplinarios enfocados desde lo Salud, laboral, educativo, hasta lo social y gozando de autonomía en nuestra gestión gerencial para las tomas de decisiones técnicas y administrativas. La ADNNI contempla como objetivo primordial, la integración de la personas con discapacidad por causa de la Guerra y Naturales o accidentes del sector Psicosocial para incorporar a la vida productiva y económica, mediante la creación de micro empresas, adecuadas a las habilidades y destrezas de los mismos, así como crear programas de salud, educación y de promoción y protección a las familias de los mismos. Para lograr los objetivos propuestos, la ADNNI busca el apoyo social y económico por parte de instituciones, organismos donantes y embajadas que brinden financiamiento para desarrollo de actividades o proyectos que se desarrollen dentro de la asociación.
LA Asociación de Discapacitados Nicaragüenses por nuestra Integración (A.D.N.N.I). la cual estamos legalmente Constituidos y con Personería Jurídica Otorgada por la honorable Asamblea Nacional con el Decreto:1075 con el # Perpetuo: 664 y ante la D.G.I. # RUC. (J0810000065589) e inscrita ante el Departamento de registro y control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación todo de conformidad a la Ley 147 “Ley General de Personas Jurídicas sin fines de Lucros” Nuestra Asociación aglutinamos personas con Discapacidad de Salud Mental o Psicosocial es decir. Usuario de los programa de Salud Mental del MINSA, que en su mayoría son lindas personas que presentan Discapacidades Cerebral con Lesiones Interna, leves, graves y Crónicas o Severa, es decir, que ellos son dependiente de un familiar y por su pobreza económica están indefenso ante la sociedad y las leyes. somos un sector invisible, sensible, frágiles y olvidado por sociedad civil, organismo internacionales y por los anteriores gobierno y hoy la Ley 763 Ley de los Derechos de las personas con Discapacidad se destaca los art. 71 de la integración del Consejo Nacional y como Sector de Salud Mental y art. 77 (De la gestión de los recursos financieros para las Asociaciones de personas con Discapacidad.) es decir que aun no esta siendo reivindicada nuestros derechos como ser humano por falta de presupuesto.
Nuestra Asociación Civil sin Fines de lucro, nace como una alternativa y una necesidad de aglutinar e incorporar a todas aquellas personas que tienen una Discapacidad de Salud Mental como: (Síndrome Orgánico Cerebral, Epilepsia, Esquizofrenia, Retardo Mental, ete) que somos un Sector Sensible, estadísticamente el programa “TODOS CON VOS”, 2009- 2011 realizo un Censo y localización de todos las P c D, se considera que nuestro sector como tal, es muy numerosos dentro de la población nicaragüenses y se reconoce que mucho no están Censado y ni están organizados Según el Censo de la Brigadas Medica Nicaragüenses – Cubana han contabilizado que en Nicaragua existen el 10.3 % = 618, mil P c D y han Censado 2.57% =126,316 casos de P c D y el 35,92 % son del sector de Salud Mental e intelectual es 32,741 casos de esa población son Discapacidades Mental o Psicosocial o Intelectual. Y por consiguiente superamos las cifras de los otros Sectores de p c d Tales:(físico motor, auditivo, ciego, y múltiples, ete). enfocándonos en ese marco y de acuerdo que los potenciales parámetros estadístico oscilan entre 6 y 13 mil P c D Mental Moderada, Severa y Profunda entre hombres =16,823 casos y mujeres = 14,053 casos.
Destacándose los grupos de edades tales: de 5 a 14 anos con =11,281 casos y seguidos el grupo 20 a 29 anos con = 6,199 casos, que presentan la Discapacidad de Salud Mental o Psicosocial entres ellas leves hay = 8,039 casos y moderadas =12,676 pero sin embargo debemos de tomar muy encuenta que entre las distintas a nivel de P c D con Problema de Salud Mental o Psicosocial están los: Severa con = 6,335 casos y profunda con = 2,060 es decir, los caso muy critico están en Managua con = 6,595 casos, que en su mayoría no cuenta con ningún tipo de ingreso por lo que se necesitan que se le otorguen una Pensión económica de Gracias de parte de la Asamblea Nacional. O Estado de Nicaragua Y en Managua tiene mas casos de Discapacidad Mental o Psicosocial (Leves =1,700 casos, Moderadas = 2,651 casos, Severa = 1,556 casos y Profunda = 474 casos) seguido de los Departamento Matagalpa, Jinotega , León , Masaya , ete
Nuestra Asociación aglutinamos personas con Discapacidad de Salud Mentalo Psicosocial es decir. Usuario de los programa de Salud Mental del MINSA, que en su mayoría son lindas personas que presentan Discapacidades Cerebaral con Lesiones Interna Crónicas o Severa, es decir, que ellos son dependiente de un familiar y por su pobreza económica están indefenso ante la sociedad y las leyes. y hoy Ley Especial # 650 Ley de Protección de los Derechos Humanos de las Personas con Enfermedades Mentales, aprobada por la Asamblea Nacional el 27/02/2008 y publicada en la Gaceta # 190 del 03/10/2008.Que Tutela de forma general los principios fundamentales de los Derechos Humanos de las P c D Mentales o Psicosocial y nuestra Asociación de Discapacitados todos sus miembros que la conforman somos Usuarios que atiende y trabaja para este sector, vemos que la ley ante mencionada Ley 650, tiene mucho vacíos jurídico a la cual debe de reformarse dicha ley de forma Integral.
La Ley 763 Ley de los Derechos de las personas con Discapacidad nos va a restituir nuestro Derecho De conformidad a la LEY 763 LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPAIDAD, destacándose sus artos: 71 (De la integración del Consejo Nacional Numeral -19 acápite – C), y art. 77 (De la gestión de Recurso Financiero para las Asociaciones de P.c.D) dicha ley fue aprobada el pasado 13/04/2011 en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional y publicada en la Gaceta # 142 del 01/08/2011 y Gaceta #. 143 del 02/08/2011. Destacándose el Articulo 85 (De la Denuncia) Y la Ley 830Ley Especial para Atención a Excombatiente por la Paz , Unidad y Reconciliación publicada en la Gaceta # 28 del 13 Febrero 2013 .destacándose el articulo 12 inciso 20 y acápite – i Dice:( 2 Representante de las Asociaciones de Discapacitados a causa de la Guerra para ser miembro Comisión Nacional.).
Ya que nuestro Sector pasamos de percibido (ignorado) de la inobservancia de leyes, de autoridades civiles de Gobierno – Privada y militares, que no pueden sensibilizarse y solidarizarse con las personas del Sector de Salud Mental, por que a simple vista la Discapacidad Mental o Psicosocial no se ve o no se nota físicamente ante la vista de todos , y por consiguiente nos Discriminan en todo sentido. de manera Imprudente Culposa o Dolosa..
Además en nuestra Constitución Política el Estado de Nicaragua esta en obligación de restituir nuestro derecho sociales como Discapacitados y/o Victimas de Guerra destacándose los articulo: 56 (Proteccion a discapacitados y victimas de guerra: El Estado prestara atención especial en todos sus programas a los discapacitados y los familiares de caídos y victimas de guerra en general),
Articulo. 62 ( Programas de rehabilitación de discapacitados: El Estado procurara establecer programas en beneficios de los discapacitados para su rehabilitación física, psíquicas y profesional y para su ubicación laboral).
Articulo. 138 ( Atribuciones de la Asamblea Nacional: destacándose los incisos :
2 – Interpretación autentica de la Ley.
5 – Otorgar y cancelar la personalidad jurídica a las asociaciones civiles.
6 – Conocer, discutir y aprobar el proyecto de ley de presupuesto general de la republica y ser informado periódicamente de su ejercicio conforme al procedimiento establecido en la Constitución y la ley.
19 – Conceder pensiones de gracias y conceder honores a servidores distinguidos de la patria y la humanidad
Hacemos mención que las personas con Discapacidad con “Lesiones Interna y Cerebrales Leve y Severa“, que a simple vista no se nota, pero sin embargo merecen una atención especial de los Médicos Especialista, (Neurólogo, Pquiatra, Psicólogo, Trabajador Social y Enfermera) es decir personal calificado de los CAPS (Centro de Atención Psicosocial) ubicada en la Unidad de Atención Integral “ U .A I ” en los distintos Centro de Salud o Hospitalaria “Hospital Psico social- José Dolores Fletes” en el MINSA, que es de referencia nacional solamente cuenta con el apoyo moral y solidario de sus familiares y amistades filantrópica que alguien nos ayude para poder ayudar. a nuestros afiliados.
Actualmente tenemos miembros activos y afiliados por causa de la Guerra y Hereditario ,accidentes, ete , estamos en un proceso de crecimiento acelerado de recepción y captación de mas miembros que tenga una Discapacidad de Salud Mental o Psico- Social. De conformidad a los ESTATUTOS DE LA (A.D.N.N.I),
Art 13. La Asamblea General estará conformada por todos sus miembros. Art 14. La Asamblea General es la Máxima autoridad de la Asociación y podrá resolver todo asunto conforme los presentes Estatutos y el Reglamento Interno. Y La Asamblea General tendrá las siguientes facultades:
a) Nombrar a la Junta Directiva por un periodo de tres años pudiendo ser reelectos.
b) Nombrar las comisiones necesarias que le permitan desarrollar sus planes y programas. c) Aprobar el plan anual de trabajo, presentado por la Junta Directiva, las comisiones y cualquier otra instancia administrativa que determine la Asamblea. La Junta Directiva y las comisiones presentaran informe anuales en relación con su gestión.
d) Reformar parcial o totalmente los presentes Estatutos.
e) Otorgar, denegar o cancelar membresías.
f) Aceptar o rechazar donaciones de personas naturales o jurídicas.
Art. 15. La Junta Directiva en receso de la Asamblea General, es la máxima autoridad, será integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Primer Vocal y un Segundo Vocal. Y La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos.
b) Implementar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Resolver los asuntos urgentes y orden Administrativo en receso de la Asamblea General.
d) Elaborar el plan anual de trabajo y presentarlos a la Asamblea General, para su aprobación. También presentar el informe anual de trabajo.
e) Elaborar el reglamento interno y presentarlo a la Asamblea General para su debida aprobación.
FINES Y OBJETIVO
Somos una organización civil sin fines de lucro, sin dependencia económica que buscamos como mejorar el nivel y calidad de vida de nuestro Miembros y afiliados del Sector con Discapacidad de (Salud Mental o Psicosocial o Intelectual).
De conformidad a los Presente Estatutos: Art. 5. Los objetivos de la Asociación son:( El objetivo general de la Asociación es promover la integración social, económica y productiva de las P c D, del Sector de Salud Mental o Psicosocial, tanto las discapacidades de Nacimientos como las sobrevenidas en las post-guerra; en sus objetivo específicos procurara ):
a) Integración total del discapacitado a la vida productiva mediante la creación de Micro-Empresas, adecuada a las habilidades y destrezas de los mismos.
b) Implementar programas de Capacitación conforme a las necesidades y aspiraciones de los beneficiarios.
c) Crear programa de Salud integral para ayudar a los Discapacitados a integrarse a la vida productiva y a la sociedad en general.
d) Desarrollar programas dirigidos a la promoción y protección de familias de los discapacitados.
e) Crear todas las infraestructuras necesarias para la consecución de planes y programas de la Asociación.
El Estado de Nicaragua a través del Poder Legislativo Tutela el “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad” que fue aprobada por la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) del 13/12/2006 Sucrito por Nicaragua 21/10/2008 y ratificado por la Honorable Asamblea Nacional con el Decreto # 5874 y publicado en la Gaceta 211 del 06/11/2009. El Gobierno de Reconciliación de unidad Nacional emitió un Decreto # 97 – 2007 publicado en la Gaceta # 195 del 11/10/2007, con la finalidad de beneficiar y reinvidicar los derechos sociales de conformidad con la Cn y las leyes a la Victimas de Guerra, pero hay una gran parte del Sector de Personas con Discapacidad Mental o Psicosocial que no están protegidas jurídicamente por el Estado por ser un sector silencioso, olvidado, sensible e invisible ante los demás ( Funcionarios Publico, Empresa privada y la sociedad en general).
Decreto: 1075 con el Numero Perpetuo: 664 y ante la D.G.I. # RUC. (J0810000065589)
Teléfono; 22892345 Celular:; 89624874
La (A.D.N.N.I) No contamos con infraestructura propias si no rentada o alquilada, Domicilio: Managua, Distrito – 5, Ba. “Rene Polanco” de donde fue la Casa de la Mujer 4 c N y 1 c E M/I Casa M-36.
MISION:
Mejorar el nivel y calidad de vida de los Discapacitados, y su familias a través de políticas públicas de carácter Socio-económico como: (Salud, Educación, Vivienda solidaria, Casa para el Pueblo, Plan Techo, Becas Técnica –Profesional, Usura Cero, Empleo, Lotes, etc.) con el fin de insertarlo en los distintos Programas de desarrollo del casco Urbano y Rural de nuestro país. También luchar por que los Derechos Sociales, Individuales y Humano de los usuarios con Discapacidad Psicosocial o Salud Mental sean respetados y tutelado sus derechos por el Estado e inserción dentro de la sociedad como personas. Sin ningún tipo de Discriminación. ¿ .. SI a la Inclusión: .. No a la Discriminación ?
VISION:
Luchar y lograr por nuestra integración y reivindicación Bio-socioeconómico de las personas con Discapacidad Salud Mental o Psicosocial, sea valorado, respetado y apoyada por el Estado y la sociedad en su conjunto. En lo que respecta: garantizar la Atención médica integral y medicamento especializado, la rehabilitación y atención bio-psico-social, Garantizar los exámenes clínico y quirúrgico. etc,
DIRECTIVA
NOMBRES Y APELLIDOS | CARGO | No.Teléfono | Correo Electrónico |
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Victor Bone Maltez | Presidente | 89624874 | |
Héctor Eduardo Saballo | Vice Presidente | ||
Felipe Adolfo Bone M | Secretario | ||
Rita Maltez Samuria | 1er. Vocal. | ||
Roger Antonio Ortiz | 2do. Vocal |